En general su objetivo es no admitir solicitudes ni hacer efectiva las devoluciones a quienes registren deudas líquidas y exigibles por cualquier concepto correspondiente a sus obligaciones impositivas y/o previsionales y/o aduanera ante la AFIP.
Esto implica que cuando se presenten rectificativas se controlará también en ese momento que no hayan deudas e inconsistencias, al igual que se hizo en la presentación original.